SIJ – Estatus Especial de Inmigrante Juvenil
Protección migratoria para menores abandonados, abusados o víctimas de negligencia por parte de uno o ambos padres.
En MV Immigration te ayudamos a preparar el caso de SIJ combinando el proceso de corte estatal con la petición migratoria ante USCIS, con estructura, evidencia y claridad.
No somos abogados y no ofrecemos asesoría legal. Cada caso requiere una revisión individual.
¿Qué es el SIJ?
El Estatus Especial de Inmigrante Juvenil —SIJ— es una protección migratoria dirigida a determinados menores de edad que han sido abandonados, abusados o sometidos a negligencia por parte de uno o ambos padres.
Para avanzar, una corte estatal de familia, de menores o de tutela debe determinar que la reunificación con uno o ambos padres no es viable debido a abuso, abandono, negligencia o una causa similar reconocida por la ley estatal.
La corte también debe determinar que regresar al país de origen no responde al interés superior del menor.
Las dos etapas del proceso
Orden de corte estatal
Primera etapaSe necesita una orden emitida por una corte estatal con jurisdicción sobre custodia, tutela, dependencia o bienestar de menores.
La orden debe incluir los hallazgos relacionados con abuso, abandono o negligencia y establecer que la reunificación con uno o ambos padres no es viable.
Petición I-360 ante USCIS
Segunda etapaUna vez obtenida la orden estatal, se prepara la petición migratoria mediante el Formulario I-360.
El expediente debe incluir la orden de corte, la documentación del menor y los soportes que respaldan el cumplimiento de los requisitos migratorios.
Características principales
- El solicitante debe ser menor de 21 años al momento de presentar la petición I-360.
- El solicitante debe permanecer soltero durante el proceso.
- Requiere una orden vigente de una corte estatal con jurisdicción sobre el bienestar o custodia del menor.
- La corte debe determinar que la reunificación con uno o ambos padres no es viable.
- La causa puede ser abuso, abandono, negligencia o una situación similar reconocida por la ley estatal.
- La corte debe determinar que regresar al país de origen no responde al interés superior del menor.
- No es necesario que el daño provenga de ambos padres; puede bastar con que afecte la relación con uno de ellos.
- El SIJ no permite incluir a los padres como beneficiarios derivados.
¿Quiénes pueden calificar?
Menores de 21 años y solteros que fueron abandonados por uno o ambos padres.
Casos de abuso físico, emocional o sexual por parte de uno de los padres.
Casos donde existe falta grave de cuidado, supervisión, alimentación, vivienda o atención médica.
Personas que ya cuentan con una orden estatal relacionada con custodia, tutela o dependencia.
Casos donde una corte determina que regresar al país de origen no sería conveniente para el bienestar del menor.
¿Quiénes no califican?
- Personas que ya tienen 21 años al momento de presentar la petición I-360.
- Personas casadas, ya que el SIJ está limitado a solicitantes solteros.
- Menores cuya situación no involucra abandono, abuso o negligencia por parte de al menos uno de los padres.
- Casos donde la corte estatal no tiene jurisdicción para emitir la orden requerida.
- Casos donde la orden no contiene los hallazgos específicos necesarios para el proceso migratorio.
- Situaciones donde el propósito principal de la orden es obtener un beneficio migratorio sin una base real de protección.
- Casos donde la corte determina que regresar al país de origen sí responde al interés superior del menor.
Beneficios
- Puede abrir una vía hacia la residencia permanente para el menor.
- No depende del consentimiento o la cooperación del padre o madre responsable del abandono, abuso o negligencia.
- Permite que el menor permanezca bajo el cuidado de un tutor, familiar o agencia estatal.
- Puede brindar mayor estabilidad migratoria y familiar.
- Puede permitir solicitar autorización de empleo en la etapa correspondiente del proceso.
Metodología de trabajo
Organizamos la situación familiar, la evidencia del menor y los documentos de la corte estatal para construir un expediente claro y coherente.
Revisión de la edad y el estado civil
Confirmamos que el menor cumple con los requisitos de edad y permanece soltero.
Evaluación de la situación familiar
Revisamos los hechos relacionados con abandono, abuso, negligencia o maltrato por parte de uno o ambos padres.
Identificación del proceso estatal
Determinamos si el caso requiere un proceso de custodia, tutela, dependencia u otra actuación ante una corte estatal.
Organización de la evidencia
Reunimos documentos escolares, médicos, psicológicos, familiares, judiciales y demás soportes relacionados con la situación del menor.
Preparación de la historia del menor
Estructuramos los hechos de manera cronológica y coherente para facilitar su presentación ante la corte estatal.
Revisión de la orden predicado
Organizamos la documentación relacionada con la orden estatal y verificamos que contenga los hallazgos necesarios.
Preparación de la petición I-360
Una vez obtenida la orden estatal, organizamos el paquete documental para la presentación ante USCIS.
Orientación sobre los siguientes pasos
Explicamos el flujo general posterior y la documentación que debe mantenerse actualizada para avanzar hacia la residencia.
Lo que hacemos en MV Immigration
Nuestro trabajo consiste en preparar y organizar la documentación necesaria para respaldar el proceso de SIJ.
- Revisión inicial de la edad y el estado civil del menor.
- Evaluación documental de la situación familiar.
- Organización de evidencia escolar, médica, psicológica y familiar.
- Preparación de la historia del menor de forma cronológica.
- Coordinación documental con el proceso de corte estatal.
- Organización de la orden predicado y sus soportes.
- Preparación del expediente de respaldo para el Formulario I-360.
- Revisión de consistencia entre la orden estatal y la petición migratoria.
- Referido a abogados aliados cuando el caso requiere representación.
Agenda una revisión documental
Cada caso de SIJ depende de la edad del menor, su situación familiar, la jurisdicción de la corte estatal y la evidencia disponible.
Una revisión documental permite identificar fortalezas, riesgos, documentos necesarios y la información que debe organizarse para presentar el caso de forma coherente ante la corte y USCIS.
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Revisamos tu situación y te ayudamos a organizar correctamente la documentación de tu proceso.
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